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Cambia SAT reglas para agro y transporte PDF Imprimir E-mail
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Escrito por Fernando Carrera   
Miércoles, 13 de Mayo de 2009 10:23

El SAT consideró necesario otorgar a los diferentes sectores facilidades administrativas para que cumplan con sus obligaciones fiscales

Laura Carrillo Ciudad de México  (13 mayo 2009).-   La Secretaría de Hacienda publicó modificaciones administrativas para el pago de impuestos de los sectores agrícola, silvícola, ganadero y de transporte.

Las nuevas reglas comprenden desde facilidades para deducción de impuestos, hasta la exención de Impuestos sobre la Renta (ISR) en algunos casos.

Entre otros beneficios, los contribuyentes dedicados a actividades agropecuarias podrán deducir con documentación comprobatoria que no reúna los requisitos fiscales y también podrán hacer pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta (ISR) de forma semestral.

Asimismo, los ganaderos podrán pedir a su asociación que expida a su nombre comprobantes fiscales.

"El Servicio de Administración Tributaria considera necesario otorgar para el ejercicio fiscal de 2009 a los diferentes sectores de contribuyentes, diversas facilidades administrativas, a fin de que cumplan adecuadamente con sus obligaciones fiscales", señala en el Diario Oficial de
la Federación.

Detalla que los contribuyentes dedicados actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, podrán deducir con documentación comprobatoria que no reúna los requisitos fiscales, los gastos realizados para contratación de mano de obra de trabajadores eventuales del campo, por alimentación de ganado y gastos menores.

Esta deducción podrá ser hasta 18 por ciento de sus ingresos propios, siempre y cuando esos gastos se realicen en el ejercicio fiscal a declarar y estén vinculados con la actividad, entre otros requisitos.

En cuando a los ganadores, podrán pedir a su agrupación (unión, asociación, confederación, entre otras), que les expida en su nombre los comprobantes fiscales de las operaciones de venta de ganado que realicen, previa aceptación que mediante convenio celebren con la misma.

Otro beneficio será la exención de pago de ISR para personas físicas dedicada al sector agropecuario, silvícola y pesquero, con ingresos en el ejercicio anterior menores a 40 veces el salarios mínimo general de su área.

Cuando en el transcurso del ejercicio sus ingresos excedan el monto señalado, pagarán impuesto a partir del mes en que rebasen dicho límite.
Además tendrán todas las facilidades señalada en los párrafos anteriores.

En cuanto al sector de transporte, los contribuyentes que realicen actividades de autotransporte descarga federal, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salario, sólo deberán enterar 7.5 por ciento del retenciones de IRS de sus operadores, macheteros y maniobristas, según convenio que tengan celebrado con el IMSS.

Las modificaciones entran en vigor hoy (miércoles) y estarán vigentes hasta el 30 de abril de 2010.


 
 
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